Brihuega

El jardín de la Alcarria

Plan de Ordenación Municipal BRIHUEGA

El proyecto del plan de ordenación municipal de Brihuega. Se somete a exposición pública por plazo de sesenta días

A contar desde la publicación del anuncio en el DOCLM (29 de Enero de 2010) para examinarlo y formular alegación por cualquier persona.

Ayuntamiento de Brihuega - Anuncio

Por resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 14 de enero de 2010, se resolvió someter a exposición pública el proyecto del Plan de Ordenación Municipal de Brihuega, al objeto de que en un plazo de SESENTA DÍAS, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, se puede examinar el mismo y formular alegaciones por cualquier persona.

El proyecto del Plan se encontrará depositado para su consulta pública en las dependencias municipales. Podrá examinarse en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Brihuega, a 15 de enero de 2010
La Alcaldesa, Fdo: Adela de la Torre de Lope

Asunto: Plan de Ordenación Municipal de Brihuega (POM)

Resolución de la Sra. Alcaldesa-Presidenta de fecha 14 de enero 2010.

Concluidos los trabajos de redacción del plan de ordenación municipal de Brihuega, habiéndose realizado consultas a los ayuntamientos colindantes, atendidos los informes de secretaria y del técnico municipal y de conformidad con el artículo 36.2 del texto refundido de la ley de ordenación del territorio y de la actividad urbanística aprobado por decreto legislativo 1/2004 de 28 de Diciembre, se resuelve:

  • Considerar que los trabajos de redacción técnica del plan de ordenación municipal de Brihuega han adquirido el suficiente grado de desarrollo, a efectos de dar por terminados los trabajos de elaboración.
  • Abrir un periodo de información pública de sesenta días a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el DOCLM (29 Enero de 2010) para examinar el mismo y formular alegaciones por cualquier persona. Durante el mismo el proyecto deberá encontrarse depositado para su consulta en la secretaria del ayuntamiento.
  • Solicitar los informes previstos en el Art. 135.2 del decreto 248/2004 d ela consejería competente en materia de obras públicas según lo dispuesto en el ART.16.1 de la Leyy 12/2002 de 27 de Junio, reguladora del ciclo integral del agua.
  • Solicitar informe del órgano ambiental competente conforme al Art. 30 de la Ley 4/2007 de evaluación ambiental de CLM.
  • Solicitar informe de la conserjería de bienestar social a efectos del cumplimiento de la normativa de accesibilidad.
  • Solicitar informe de la conserjería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
  • Cuantos otros informes sean preceptivos

Una vez recibidos los informes, las consideraciones e indicaciones, deberán incorporarse a las determinaciones del Plan. - Suspender el otorgamiento de licencias para aquellas áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan innovación del régimen urbanístico vigente.

Las áreas afectadas por la suspensión son las determinadas en el resumen ejecutivo de la delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente y los ámbitos en los que se suspenda la ordenación o los procedimientos de ejecución o de intervención urbanística y la duración de la suspensión, de acuerdo con lo previsto en el Art. 11.3 del real decreto legislativo 2/2008 de 20 de Junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo. La suspensión tendrá una duración máxima de dos años, que en todo caso se extinguirá con la entrada en vigor del planeamiento

14 de Enero de 2010

Jan 29 2010


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